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Glosario.
Términos legales y administrativos explicados en una o dos frases. IMSERSO, IPM, LISMI, baremo, dictamen…
- Baremo de movilidad reducidaValoración complementaria al grado de discapacidad que certifica dificultades graves para utilizar transportes públicos. Necesario para obtener la tarjeta de estacionamiento y la exención del IVTM.
- CEEEmpresa cuyo objeto social es la integración laboral de personas con discapacidad. Al menos el 70% de su plantilla debe ser personal con discapacidad reconocida ≥33%.
- Certificado de discapacidadDocumento oficial emitido por la CCAA que acredita el grado de discapacidad de una persona. Es el requisito imprescindible para acceder a todos los beneficios fiscales, laborales y sociales por discapacidad en España.
- CUDCertificado que permite que el grado de discapacidad reconocido en una CCAA sea válido en todo el territorio nacional, sin necesidad de nueva valoración al cambiar de comunidad autónoma.
- EVOEquipo multidisciplinar de la administración autonómica encargado de valorar el grado de discapacidad de una persona. Está formado por médico, psicólogo y trabajador social.
- Grado de discapacidadPorcentaje que el EVO asigna a una persona tras valorar sus limitaciones funcionales. Los umbrales clave son 33%, 65% y 75%, cada uno con un conjunto diferente de beneficios.
- IMSERSOOrganismo público estatal adscrito al Ministerio de Derechos Sociales que gestiona las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y coordina las políticas de discapacidad.
- LGDReal Decreto Legislativo 1/2013 que refundió y sustituyó a la LISMI, LONCE y LIONDAU. Es la norma básica vigente que regula los derechos de las personas con discapacidad en España.
- LISMILey de 1982 que estableció el marco legal inicial para la integración social y laboral de las personas con discapacidad en España. Hoy parcialmente derogada y sustituida por la Ley General de Derechos.
- Mínimo por discapacidadImporte que se resta de la base imponible del IRPF antes de calcular el impuesto. Cuanto mayor el grado de discapacidad, mayor el mínimo y menor la factura fiscal. En 2025 oscila entre 3.000 € y 12.516 €.
- Necesidad de tercera personaReconocimiento oficial de que una persona con discapacidad necesita asistencia de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Activa las deducciones máximas del IRPF y prestaciones adicionales.