Cómo funciona
El mínimo personal por discapacidad es una cantidad que se suma al mínimo personal general (5.550 € en 2025) y que reduce la base liquidable del IRPF. No es una deducción directa sobre la cuota: reduce la base sobre la que se calcula el impuesto.
En términos prácticos: una persona soltera con grado ≥33% y salario de 25.000 € paga impuesto como si ganara 22.000 € (25.000 − 3.000). El ahorro real depende del tipo marginal.
Importes vigentes (ejercicio 2025)
| Situación | Mínimo adicional | Ahorro estimado (tipo 30%) |
|---|---|---|
| Grado ≥33% y menos de 65% | 3.000 € | ~900 € menos en IRPF |
| Grado ≥65% | 9.010 € | ~2.700 € menos en IRPF |
| Grado ≥75% con necesidad de tercera persona | 12.516 € | ~3.750 € menos en IRPF |
Además, si la persona necesita asistencia de tercera persona, puede deducir 3.000 € adicionales en concepto de gastos de asistencia.
Mínimo por discapacidad de descendientes o ascendientes
Si el descendiente o ascendiente con discapacidad convive contigo y genera derecho al mínimo familiar, también puedes aplicar:
- 3.000 € adicionales si el grado es ≥33% y menor de 65%
- 9.010 € adicionales si el grado es ≥65%
Cómo acreditarlo ante Hacienda
Basta con disponer del certificado oficial de discapacidad en vigor. Hacienda puede cruzar los datos con el IMSERSO, pero es recomendable conservar el certificado para cualquier requerimiento. No es necesario adjuntarlo a la declaración; sí es imprescindible tenerlo si hay una inspección.
Deducciones autonómicas adicionales
Las CCAA pueden añadir deducciones propias sobre la cuota autonómica, independientes del mínimo estatal. Consulta la guía de tu comunidad autónoma para ver qué deducciones autonómicas adicionales aplican en tu caso.