Lo esencial en 30 segundos
- Exención total del impuesto de matriculación (IEDMT) en vehículos a nombre de personas con discapacidad ≥33%, según el art. 66.1.d Ley 38/1992 (IIEE). Norma estatal, aplica también en C. Valenciana.
- Ahorro real: de 0 € (vehículos hasta 120 g CO₂/km) hasta 3.700 € (vehículos con emisiones ≥200 g/km).
- Solicitud previa obligatoria: modelo 06 ante la AEAT antes de matricular el vehículo. Lo gestiona habitualmente el concesionario.
- Compatible con IVA al 4% (modelo 04) y exención del IVTM. Ahorro combinado en un coche de 25.000 € puede superar los 5.000 €.
- Plazo de 4 años: una vez aplicada la exención, no puedes transmitir el vehículo durante 4 años salvo siniestro total acreditado.
- Diferencia con el ITP: si compras de particular (no aplica IEDMT pero sí ITP), la C. Valenciana reduce el ITP al 3% (vs 6% general) para discapacidad ≥33%.
El impuesto de matriculación: cuánto y cuándo se paga
El Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (conocido coloquialmente como “impuesto de matriculación”) es un tributo estatal que se devenga al matricular un vehículo nuevo o de importación. Su cuantía depende del precio y, sobre todo, de las emisiones de CO₂:
| Emisiones CO₂ | Tipo aplicable |
|---|---|
| Hasta 120 g/km | 0% (todos exentos) |
| 121 – 159 g/km | 4,75% |
| 160 – 199 g/km | 9,75% |
| ≥200 g/km | 14,75% |
En un vehículo medio (20.000 € + emisiones 140 g/km), el impuesto sería 950 €. En vehículos con mayores emisiones puede superar fácilmente los 2.000-3.000 €.
Quién tiene derecho a la exención
Pueden acceder a la exención total de este impuesto:
- Personas con discapacidad ≥33% reconocida por certificado oficial del IMSERSO, del órgano autonómico competente (en la CV, la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas) o equivalente.
- Personas con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez del INSS (equiparadas automáticamente al 33% a efectos fiscales).
Requisitos del vehículo:
- El vehículo debe estar a nombre del titular del certificado.
- Destinado al transporte habitual de la persona con discapacidad (sin importar quién conduzca).
- Solo un vehículo cada 4 años (excepto siniestro total).
- No puede ser transmitido durante 4 años desde la matriculación.
Cómo se gestiona en la Comunidad Valenciana
El procedimiento es idéntico en toda España, ya que es un impuesto estatal. Lo gestiona la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria). En la Comunidad Valenciana, las delegaciones de la AEAT están en:
- Valencia capital: C/ Guillem de Castro, 4
- Castellón de la Plana: Avda. Hermanos Bou, 47
- Alicante: C/ Cervantes, 18
Pero raramente tendrás que ir a la AEAT directamente: lo habitual es que el concesionario gestione el modelo 06 en tu nombre.
El procedimiento paso a paso
1. Compra el vehículo en un concesionario
Al cerrar la compra, comunica que tienes discapacidad reconocida ≥33% y deseas acogerte a la exención de matriculación (y al IVA reducido al 4% si aplica).
2. Aporta la documentación al concesionario
- Certificado de discapacidad vigente (≥33%).
- DNI/NIE en vigor.
- Resolución del INSS si la equiparación es por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Declaración responsable del destino del vehículo (transporte habitual de la persona con discapacidad).
3. El concesionario presenta el modelo 06 ante la AEAT
El modelo 06 es la “Declaración por el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte” con exención. Se presenta telemáticamente. La AEAT autoriza la matriculación sin liquidar el impuesto.
4. Matriculación en la DGT
Una vez aprobado el modelo 06, el concesionario gestiona la matriculación en la Jefatura de Tráfico de tu provincia. El permiso de circulación se emite a nombre del titular con discapacidad.
5. Solicita exención IVTM al ayuntamiento
Es un trámite separado y distinto. En el mes siguiente a la matriculación, presenta al ayuntamiento donde resides la solicitud de exención del IVTM (impuesto de circulación) aportando: certificado de discapacidad, ficha técnica, DNI y modelo del ayuntamiento. Detalle en la guía de exención IVTM →.
Casos especiales
Compra a particular (segunda mano)
Si compras un vehículo de segunda mano a un particular, no se aplica el impuesto de matriculación (ya fue pagado por el primer titular). En su lugar pagas el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que en la Comunidad Valenciana tiene reducciones autonómicas específicas para personas con discapacidad. Consulta el detalle de tu CCAA en el hub de Comunidades →.
Vehículo importado
Para vehículos importados de fuera de la UE, también aplica la exención de matriculación con los mismos requisitos. El trámite es algo más complejo porque requiere homologación previa por la DGT.
Vehículo adaptado de fábrica (TPMR)
Los vehículos preadaptados de fábrica para transporte de personas con movilidad reducida (rampa trasera, plaza para silla) están automáticamente exentos del impuesto de matriculación por su clasificación técnica, sin necesidad de cumplir el requisito del titular con discapacidad. Una empresa de transporte adaptado, por ejemplo, también puede matricular su flota sin pagar el impuesto.
Si vendes el vehículo antes de 4 años
Implica regularización. Tienes que liquidar la parte del impuesto de matriculación proporcional a los meses no transcurridos de los 4 años de mantenimiento obligatorio. Por ejemplo, si vendes a los 2 años (de 4), pagas el 50% del impuesto que se ahorró.
Excepciones que no obligan a regularizar:
- Siniestro total acreditado por la aseguradora.
- Baja definitiva del vehículo por causa mayor.
- Fallecimiento del titular (los herederos no regularizan).
Compatibilidad con otros beneficios
La exención de matriculación es compatible con:
- IVA reducido al 4% en la compra del vehículo y de su adaptación.
- Exención del IVTM (impuesto de circulación municipal).
- Reducciones en el ITP en compras entre particulares.
- Ayudas autonómicas para adaptaciones técnicas (rampa, mandos, etc.).
- Tarjeta de aparcamiento si el baremo de movilidad es positivo.
Una persona con discapacidad ≥33% que compra un vehículo nuevo de 25.000 € puede ahorrar entre 5.000 y 8.000 € combinando todos los beneficios. Detalle del cálculo en: Vehículos adaptados y ayudas →.
Beneficios adicionales en la Comunidad Valenciana
Aunque la exención de matriculación es estatal, la CV añade beneficios propios:
- Bono accesibilidad transporte: hasta 3.500 € para adaptación de vehículo.
- Exención IVTM en Valencia capital al 100% (otros municipios variable).
- Reducción ITP autonómica para compras de vehículos entre particulares con discapacidad ≥33%.
- Deducción autonómica IRPF por familiares con discapacidad a cargo.
Detalle del paquete autonómico en: Discapacidad 33% en C. Valenciana →.
Errores frecuentes
- Comprar el coche y matricularlo sin solicitar la exención: no se recupera retroactivamente con facilidad. Solicita siempre antes de matricular.
- Vender antes de 4 años sin justificación: obliga a regularizar.
- Conducirlo siempre tú cuando el certificado es de otra persona del hogar: la AEAT puede inspeccionar el destino real del vehículo y revocar la exención.
- No actualizar el certificado si caduca: si la administración revisa tu grado y queda por debajo del 33%, pierdes el derecho a exención prospectivamente.